martes, 22 de noviembre de 2011

Procreación, amor y disfrute

El concepto moral del sexo está sobrevalorado en la actualidad. El acto sexual no es, al fin y al cabo, más que una mera función natural, propia no exclusivamente del ser humano, sino de buena parte de los seres vivos. Como tal, cumple una finalidad funcional, de reproducción o perpetuación de la especie. Sin embargo, existen además complementos, acentuados en la especie humana, relativos a dicho acto: el placer que proporciona y la íntima relación que genera. En efecto, la cópula no se reduce a un intercambio sistemático e indiferente de fluidos con el objetivo de engendrar la descendencia. Por el contrario, se trata de un proceso asociado con el disfrute y con el amor. Son precisamente estos complementos los que conducen, en la mayoría de los casos, al mantenimiento de relaciones sexuales, más que el fin propio de las mismas. A este respecto, hay quienes ven en la disociación de los tres elementos del coito (el fin último y sus dos complementos) la inmoralidad de la relación. Así, se afirma que esta debe estar orientada a la procreación, pero originada en el amor y, en la medida de lo posible, mediando el disfrute, siendo este último aspecto el menos relevante. De esta forma, se considera el matrimonio como el emplazamiento idóneo, e incluso el único aceptable, para la expresión de la sexualidad, en la medida en que lo es también para la expresión del amor y para la concepción (y posterior educación) de los hijos. El acto sexual externo a la institución matrimonial sería por lo tanto inmoral, en cuanto que antinatural.

Pero la concurrencia de elementos conformantes de la sexualidad no es sino una propiedad del carácter natural de esta última, que requiere de dichos aspectos para su necesario cumplimiento: como hemos afirmado, la mayoría de las relaciones sexuales se llevan a cabo por amor o por placer, siendo estos los impulsos que conducen, en último término, a la procreación, y no el fin en sí mismo (sin perjuicio de que tal fin sea en ocasiones el motivo). De este modo, los que denominamos anteriormente como “complementos” tienen también una condición natural y, en tal medida, no pueden oponerse a la naturaleza del hombre, ni a la del acto sexual. Así, cuando dicho acto tiende únicamente al placer, al igual que si se realiza exclusivamente por amor, aún eliminándose en ambos casos el fin de procreación, nos encontramos ante un proceder acorde con la condición humana, por ser inherente a la misma. Efectivamente, el acto sexual incorpora a la naturaleza del hombre todos sus elementos, al ser estos necesarios para el objeto del mismo. Y difícilmente puede ser inmoral tal naturaleza, pues, de ser así, la inmoralidad sería precisamente un atributo inherente a la persona.

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